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Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión

   La Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (Ley RESORTE) es el nombre de la ley aprobada por la Asamblea Nacional de Venezuela, vigente desde el 7 de diciembre de 2004, cuyo objetivo es el de establecer la responsabilidad social de los prestadores de los servicios de radio y televisión, sus relacionados, los productores nacionales independientes y los usuarios en el proceso de difusión y recepción de mensajes, de conformidad con las normas y principios constitucionales, de la legislación para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, la educación, la seguridad social, la libre competencia y la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.​ La Comisión Nacional de Telecomunicaciones de Venezuela (CONATEL) es el organismo encargado del cumplimiento de esta Ley.


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   Su contenido fuerza a todos los prestadores de servicio de radio y televisión a transmitir obligatoriamente los mensajes y alocuciones que el  Ejecutivo Nacional  considere necesarios. También deben transmitir de manera gratuita y obligatoria mensajes culturales, educativos, informativos o preventivos de  servicio público  seleccionados por el Ejecutivo Nacional, los cuales no deben exceder los quince minutos diarios. ​ Así mismo, en su artículo 9 prohíbe expresamente hacer publicidad de cualquier forma (incluso por emplazamiento) en dichos medios a sustancias tales como: bebidas alcohólicas, cigarrillos, sustancias estupefacientes, etc.; así como a explosivos, armamento, etc.  En diciembre de 2010, se reformó la Ley para controlar el uso del Internet y las redes sociales en Venezuela, teniendo como nuevo nombre: Ley De Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (RESORTEMEC).